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Mejor un acuerdo que una sentencia

Tras cuarenta y cinco años de feliz gestión diplomática y consular en países de distintos continentes, con variadas responsabilidades directivas en el Ministerio de Asuntos Exteriores, reconozco mi satisfacción por haber decidido sumergirme en el estudio de las “soluciones alternativas de conflictos”.

El mundo, que sigue viendo aumentar su población, está sufriendo un incremento exponencial de los conflictos. Cabría demostrar que el ser humano ocupa hoy la mayor parte de su tiempo en resolver conflictos de distinto tipo y de mayor o menor complejidad.

Para resolver los más importantes resulta claramente insuficiente la vía judicial, con procesos siempre costosos y prolongados en el tiempo en busca de esa, a veces inalcanzable, sentencia firme.

Es cierto que desde épocas muy remotas han existido otras vías de solución al margen de las judiciales. Un famoso mediador norteamericano, William Ury, sigue recurriendo al caso de los 17 camellos a repartir en quebrados, 1/2, 1/3, y 1/9, entre los tres hijos herederos, algo que solo se pudo hacer cuando un “facilitador” recurrió a la argucia de añadir provisionalmente su camello para hacer 18 y permitir las correspondientes operaciones matemáticas.

Sin duda, la mayor complejidad de nuestros marcos de convivencia, que llevó a una creciente producción normativa, terminaría imponiendo poco a poco la vía judicial. Sin embargo, parecería que el ser humano se siente hoy cada vez más atraído por viejas o nuevas fórmulas alternativas para la solución de los muchos conflictos que nos rodean.

Mis años lejanos de estudio del Derecho casi no me ofrecieron la oportunidad de tomar conciencia de estos necesarios cambios en nuestras aptitudes. Aprendíamos solo litigación, en la que se enfrentaban argumentos jurídicos de una y otra parte para lograr convencer al juez y ganar ulteriores recursos.

Compruebo hoy que mucho ha cambiado y está cambiando en el campo de la solución de los conflictos sin recurrir a jueces y tribunales. En efecto, la Mediación y el Arbitraje, con sus similitudes y diferencias, han pasado a ser grandes protagonistas.

Mis estudios sobre la Mediación, me ha permitido reencontrarme con funciones y tareas que, de manera siempre informal, toca desempeñar a menudo al ser humano.

También he aprendido que el Arbitraje, por su parte, ha ampliado su presencia en unos y otros países, y compiten hoy sus principales Cortes como París, Estocolmo, Londres, Washington y Singapur, sin dejar de mencionar las Cortes de España, para algunos excesivas en el caso de Madrid, que buscan también el recurso a sus correspondientes cláusulas.

Durante el reciente XIII Congreso internacional del “Club Español de Arbitraje” ha ocupado lugar destacado la mesa redonda dedicada a  ”La Mediación dentro del Arbitraje”, título que refleja la vinculación creciente que existe entre las dos figuras. En efecto, casi la mitad de los procesos arbitrales finalizan por acuerdo entre las partes sin llegarse a la decisión arbitral.

Se comentaron las razones que hacen que se recurra cada vez más a estos procedimientos alternativos frente a la vía judicial, que, en última instancia, no logra superar el conflicto, superviviendo en el tiempo las frustraciones de la parte perdedora. Frente a ello, siempre en la Mediación, y cada vez más en el Arbitraje, se estudia profundizar en las posiciones e intereses de las partes enfrentadas, que juegan un papel esencial en la búsqueda de un acuerdo que permita ver satisfechas el mayor número de reivindicaciones recíprocas.

Salí satisfecho del debate y comprendí por qué hoy los mejores Despachos de Abogados se ven llamados a ofrecer a sus clientes asesoramiento profundo sobre las distintas formas de abordar y resolver el conflicto, que ciertamente no se limitan a la vía judicial.

Javier Jiménez-Ugarte

Consejero externo, López Rodó & Cruz Ferrer Abogados

Julio de 2018

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